La edición de hoy del Boletín Oficial trae decisiones con impacto sanitario, energético y productivo. La más relevante en términos de alcance general es una ampliación del beneficio tarifario para bomberos voluntarios. En paralelo, ANMAT dispuso prohibiciones de alcance nacional sobre productos domisanitarios y medicamentos. También hubo una resolución que ordena un cambio financiero sobre TRANSPA S.A., empresa clave para el transporte eléctrico patagónico, y otra que nombra de manera transitoria al responsable del Centro Regional Patagonia Norte de SENASA.

## Impacto en la Patagonia

### ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD. Resolución 458/2026

Dispone incluir dentro del concepto “Bonificación Ley 27.629”, previsto por la Resolución ENARGAS 252/24 y ampliado por la Resolución de la Secretaría de Energía RESOL-2026-134-APN-SE#MEC, a los usuarios abastecidos con Gas Licuado de Petróleo por redes que estén incorporados al Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios.

Qué modifica: amplía el régimen tarifario especial gratuito ya existente para bomberos voluntarios, que antes no contemplaba expresamente a quienes reciben GLP por redes.

Quiénes quedan alcanzados: entidades incorporadas al Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios y los usuarios abastecidos por GLP por redes que integren ese sistema.

Desde cuándo rige: la resolución no fija una fecha distinta, por lo que entra en vigencia con su publicación oficial.

Consecuencia práctica: esas entidades y usuarios pasan a quedar comprendidos en el beneficio tarifario gratuito también para el servicio abastecido por GLP por redes, y las distribuidoras deben notificar a sus subdistribuidoras en cinco días.

Enlace oficial:

### MINISTERIO DE ECONOMÍA - SECRETARÍA DE ENERGÍA. Resolución 214/2026

Deja sin efecto, en lo relativo a la cesión en garantía de los créditos actuales y futuros de TRANSPA S.A. en el Mercado Eléctrico Mayorista, lo dispuesto en los artículos 7 y 8 de la Resolución 99/2021.

Qué modifica: elimina la garantía financiera basada en la cesión de créditos de TRANSPA S.A. en el MEM, pero mantiene el esquema de repago por compensación automática basado en el canon aprobado por la Resolución 704/2022.

Quiénes quedan alcanzados: TRANSPA S.A., CAMMESA y el esquema contractual vinculado al financiamiento de esa transportista eléctrica patagónica.

Desde cuándo rige: no se establece una fecha posterior; la medida rige desde su publicación.

Consecuencia práctica: TRANSPA deja de respaldar ese financiamiento con la cesión de créditos del MEM y pasa a operar con el mecanismo de repago ya vigente por compensación automática, sin quedar eximida de sus obligaciones contractuales ni regulatorias.

Enlace oficial:

### MINISTERIO DE ECONOMÍA. Resolución 1397/2026

Da por designado transitoriamente al ingeniero agrónomo Esteban Jorge Rial como director del Centro Regional Patagonia Norte del SENASA, con retroactividad al 16 de octubre de 2025 y por 180 días hábiles.

Qué dispone: cubre en forma transitoria la dirección del Centro Regional Patagonia Norte de SENASA y autoriza el pago del suplemento por función directiva nivel III.

Qué modifica: la cobertura del cargo directivo dentro del SENASA, organismo con competencia sanitaria y de control agroalimentario.

Quiénes quedan alcanzados: el funcionario designado, el SENASA y las áreas productivas y sanitarias bajo la órbita del Centro Regional Patagonia Norte.

Desde cuándo rige: desde el 16 de octubre de 2025, según el texto, por 180 días hábiles.

Consecuencia práctica: el centro regional de SENASA en la Patagonia Norte queda formalmente conducido por una autoridad designada y remunerada bajo el régimen previsto.

Enlace oficial:

### MINISTERIO DE ECONOMÍA - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. Resolución 153/2026

Otorga a la Cooperativa de Trabajo Lanera Trelew Ltda. el derecho gratuito y sin exclusividad de usar el Sello “Bioproducto Argentino” para productos aislantes de lana “LanArq Patagónico”, en categorías Sostenibilidad e Innovación.

Qué dispone: habilita el uso oficial del sello para esos bioproductos hechos con material aislante natural de lana, y exige que sean 100% biobasados.

Qué modifica: no cambia una obligación general, sino que concede un derecho de uso de certificación oficial para la comercialización y promoción de esos productos.

Quiénes quedan alcanzados: la Cooperativa de Trabajo Lanera Trelew Ltda. y los productos detallados en los anexos.

Desde cuándo rige: por cuatro años desde la publicación.

Consecuencia práctica: la cooperativa podrá identificar esos productos con el sello oficial, lo que respalda su condición de bioproducto y su posicionamiento comercial.

Enlace oficial:

### ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA. Disposición 5355/2026

Prohíbe el uso, la comercialización y la distribución en todo el país del producto “HESSICO / Hidroxietilalmidón 6 g %, solución inyectable”, lote 29116, vencimiento AGO/27, certificado 50.263, titularidad de P. L. Rivero y Cía. S.A.; además ordena su recupero del mercado.

Qué modifica: la situación regulatoria y comercial de ese medicamento, que queda fuera de circulación y debe ser retirado.

Quiénes quedan alcanzados: la firma titular, distribuidores, farmacias, hospitales, efectores de salud y cualquier operador que tenga el producto.

Desde cuándo rige: desde la publicación.

Consecuencia práctica: no puede seguir vendiéndose ni aplicándose ese lote, y la empresa debe recuperar las unidades del mercado y acreditar esa gestión ante el Instituto Nacional de Medicamentos.

Enlace oficial:

### ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA. Disposición 5322/2026

Prohíbe el uso, comercialización, publicación y distribución en todo el país de los productos “Yectafer/Hierro 5% (como hierro dextrano de bajo peso molecular)” por 5 y 10 ampollas, lotes 1-R0730 y 2-R0730.

Qué modifica: saca del circuito comercial y sanitario esos lotes de un producto inyectable de hierro.

Quiénes quedan alcanzados: la firma Laboratorio Rontag S.A. y todos los circuitos de venta, provisión y aplicación.

Desde cuándo rige: desde la publicación.

Consecuencia práctica: los lotes mencionados no pueden ser comercializados ni utilizados.

Enlace oficial:

### ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA. Disposición 5292/2026

Prohíbe en todo el país y en plataformas de venta electrónica todos los lotes de domisanitarios de la marca “Qualibest” hasta que estén debidamente regularizados.

Qué modifica: impide la venta, publicidad y distribución de esa línea de limpiadores, eliminadores de olores, desinfectantes, aromatizantes y afines.

Quiénes quedan alcanzados: el responsable de la marca, comercios físicos y online, distribuidores y consumidores.

Desde cuándo rige: desde la publicación.

Consecuencia práctica: esos productos no pueden seguir ofreciéndose al público hasta su regularización sanitaria.

Enlace oficial:

La selección corresponde a la edición oficial del día.