La selección de esta edición oficial se concentra en las normas de mayor interés público real y en las que fijan efectos concretos y verificables.

Impacto en la Patagonia

No se identificaron normas de alcance específicamente patagónico en esta edición. Sí hay medidas nacionales que alcanzan a todas las provincias, incluida la Patagonia, por ejemplo las prohibiciones sanitarias de ANMAT y la actualización de valores de la SRT.

### ANMAT prohibió un raticida de marca SUPERCygonazo

Organismo: Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica. Tipo y número: Disposición 5707/2026.

Qué dispone: prohíbe el uso, la comercialización, la distribución y la publicidad en todo el país del producto raticida de marca SUPERCygonazo.

Qué modifica: modifica de hecho la habilitación de ese producto en el circuito comercial, al impedir cualquier circulación o promoción legal.

Quiénes quedan alcanzados: fabricantes, distribuidores, comercios, plataformas de venta y consumidores de todo el territorio nacional.

Desde cuándo rige: no fija una fecha diferida, por lo que rige desde su publicación.

Consecuencia práctica: el producto no puede seguir vendiéndose ni publicitándose; las autoridades sanitarias y de control comercial pueden retirarlo del mercado y sancionar su incumplimiento.

Enlace oficial:

### ANMAT canceló la habilitación de REHUE S.A. como importadora de productos médicos

Organismo: Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica. Tipo y número: Disposición 5713/2026.

Qué dispone: cancela el certificado de Buenas Prácticas de Fabricación de Productos Médicos y Productos para Diagnóstico de Uso In Vitro de REHUE S.A., da de baja su autorización como empresa importadora de productos médicos y prohíbe el uso, la comercialización y la distribución en todo el país de todos los productos importados por esa firma; además instruye sumario sanitario.

Qué modifica: deja sin efecto la habilitación de la empresa para importar productos médicos y anula su respaldo técnico-regulatorio para operar en ese rubro.

Quiénes quedan alcanzados: REHUE S.A., su dirección técnica, distribuidores, comercios, centros de salud y cualquier cliente que tenga productos importados por esa empresa.

Desde cuándo rige: la disposición no difiere su aplicación, por lo que rige desde la publicación.

Consecuencia práctica: la empresa queda fuera del circuito legal de importación de productos médicos y los productos que haya ingresado no pueden seguir usándose, vendiéndose ni distribuyéndose.

Enlace oficial:

### La SRT actualizó el valor que se usa para calcular prestaciones y aportes vinculados a riesgos del trabajo

Organismo: Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Tipo y número: Resolución 42/2026.

Qué dispone: fija en $94.299,30 el importe que surge de aplicar la equivalencia del artículo 15 del Decreto 1694/09, tomando como referencia la actualización del haber mínimo garantizado informada por ANSES.

Qué modifica: actualiza el valor que publica la SRT cada vez que ANSES ajusta el haber mínimo, en el marco del Decreto 1694/09 y de la Ley 26.417.

Quiénes quedan alcanzados: empleadores, aseguradoras de riesgos del trabajo, organismos del sistema previsional y personas cuyas prestaciones o cálculos se vinculan con esa equivalencia.

Desde cuándo rige: desde el 1° de septiembre de 2026.

Consecuencia práctica: cambia el monto base que se usa en liquidaciones y referencias del sistema, con efecto directo sobre cálculos administrativos y pagos vinculados al régimen de riesgos del trabajo.

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### La SRT actualizó el tarifario médico de Comisiones Médicas y sumó una práctica nueva

Organismo: Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Gerencia de Administración de Comisiones Médicas y Gerencia de Administración y Finanzas. Tipo y número: Disposición Conjunta 2/2026.

Qué dispone: actualiza los valores del “Tarifario Médico”, modifica descripciones de múltiples prácticas de cardiología, neumonología, neurología, oftalmología y otorrinolaringología, e incorpora el “test de la marcha de 6 minutos” en neumonología.

Qué modifica: modifica el nomenclador de prácticas y sus descripciones en el tarifario usado por Comisiones Médicas del sistema de riesgos del trabajo.

Quiénes quedan alcanzados: prestadores médicos, peritos, Comisiones Médicas, aseguradoras y personas sometidas a evaluaciones o interconsultas en el sistema.

Desde cuándo rige: a partir del décimo día hábil siguiente al de su publicación.

Consecuencia práctica: cambia qué estudios se reconocen, cómo se facturan y qué prácticas quedan incluidas en determinadas interconsultas; también incorpora una prueba funcional nueva para evaluaciones respiratorias.

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### La Secretaría de Agricultura concedió a XEITOSIÑO S.A. el uso del sello “Alimentos Argentinos” para langostinos congelados a bordo

Organismo: Ministerio de Economía, Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. Tipo y número: Resolución 166/2026.

Qué dispone: otorga por dos años el derecho de uso sin exclusividad del sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en inglés a XEITOSIÑO S.A. para distinguir el producto “langostinos enteros congelados a bordo” comercializado con la marca VALASTRO; además aprueba la forma de exhibición del sello en rótulos y packaging.

Qué modifica: habilita el uso de un sello oficial de calidad y origen en el producto exportable de la empresa, bajo el régimen de la Ley 26.967 y resoluciones complementarias.

Quiénes quedan alcanzados: XEITOSIÑO S.A. y sus productos destinados a exportación respecto de los cuales solicite certificados para el reintegro adicional.

Desde cuándo rige: el derecho se computa desde la fecha de publicación; la obligación sobre el tamaño del envase entra en juego a partir del 1° de enero de 2027.

Consecuencia práctica: la firma puede identificar ese producto con el sello oficial para exportación y acceder al esquema asociado de certificados y reintegro adicional; desde 2027, si mantiene el sello, el envase deberá ser de 20 kilos o menos.

Enlace oficial:

La selección corresponde a la edición oficial del día.