La Secretaría de Energía, mediante la Resolución 242/2026, actualizó los parámetros de eficiencia que deberán cumplir los equipos de aire acondicionado en modo refrigeración con capacidad de hasta 10,5 kilovatios. Desde ahora, esos aparatos deberán alcanzar un Índice de Eficiencia Energética Estacional superior a 8,50, un umbral más exigente que el vigente hasta hoy y orientado a recortar el consumo eléctrico en uno de los segmentos de mayor uso residencial y comercial.
La decisión modifica una regla que estaba en pie desde 2013 y que había quedado desfasada frente a la evolución tecnológica del mercado. En términos prácticos, la nueva exigencia obliga a fabricantes, importadores y comercializadores a adaptar la oferta de equipos a estándares más altos de rendimiento, con el objetivo de mejorar la eficiencia energética y aliviar la presión sobre la demanda de electricidad, especialmente en los meses de mayor temperatura.
Sin embargo, la aplicación efectiva no será inmediata en todos los casos. La propia resolución deja en manos de la Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos la definición del plazo de implementación, que incluso podrá organizarse en etapas. Eso significa que el nuevo piso ya está fijado, pero su puesta en marcha operativa dependerá del cronograma que establezca el área técnica de la Secretaría de Industria, Comercio y la Pequeña y Mediana Empresa.
La norma también deroga un artículo de la regulación original y faculta a la Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética a dictar las aclaraciones necesarias para su aplicación. Según el texto oficial, la resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, aunque el cumplimiento del nuevo nivel de eficiencia quedará supeditado al mecanismo de implementación que se disponga después.
Para el mercado, el cambio anticipa una renovación en la oferta de equipos disponibles y puede incidir tanto en los modelos que ingresen al país como en los precios de equipos de mayor rendimiento. Para los usuarios, la consecuencia esperada es contar con aire acondicionado más eficiente, con menor consumo por unidad de frío producida, algo clave en un contexto de uso intensivo de energía y costos crecientes de operación.
En la misma jornada, la Secretaría de Energía avanzó además con una autorización para sumar capacidad de almacenamiento al sistema eléctrico mayorista, aunque esa decisión quedó circunscripta al área metropolitana bonaerense. La empresa Sullair Argentina fue habilitada a ingresar como agente generador de almacenamiento con una central BESS de 24 megavatios en Quilmes, un paso que apunta a reforzar la flexibilidad de la red eléctrica nacional.
En el plano regulatorio, el Boletín Oficial también difundió nuevas medidas de control sanitario: la Anmat inhibió las actividades de dos laboratorios y prohibió la circulación de todos sus productos en el país, además de vedar el uso y comercialización de un equipo de alta frecuencia. Son decisiones de impacto directo para consumidores y prestadores de salud, porque sacan del mercado bienes cuya seguridad o legitimidad fueron objetadas por la autoridad sanitaria.
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