El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro resolvió que los adolescentes acusados de delitos no serán juzgados por jurados populares mientras la provincia no sancione un Código Procesal Penal Juvenil propio. La definición quedó establecida en una acordada que ordena el modo en que deberán tramitarse estos expedientes bajo el nuevo régimen penal adolescente vigente en el país.
Según el tribunal, hasta que exista una normativa procesal específica, las causas deberán tramitarse con el Código Procesal Penal rionegrino, junto con las garantías previstas en la Ley Provincial D 4109 y en la Ley Nacional 27.801. En ese esquema, el STJ excluyó expresamente la intervención de jurados populares para este tipo de casos.
La decisión se apoyó en la entrada en vigencia de la Ley 27.801, que reemplazó el antiguo Régimen Penal de Minoridad. Esa norma fija la punibilidad desde los 14 años, prohíbe las penas de prisión y reclusión perpetua y establece un máximo de 15 años para la pena de prisión, según recordó el tribunal.
En sus fundamentos, el STJ sostuvo que las reglas procesales de la ley nacional no se aplican de manera directa en las provincias, porque éstas conservan la potestad de dictar sus propios procedimientos. Por eso, mientras Río Negro no apruebe un procedimiento penal juvenil específico, regirá una aplicación combinada de normas provinciales y nacionales.
La acordada también precisó qué ocurrirá si la persona señalada por un hecho no había cumplido 14 años al momento de cometerlo: no será sometida a un proceso penal. De todos modos, el Ministerio Público deberá acreditar que el hecho investigado existió y, si aparece la necesidad de una intervención de protección, deberá dar aviso al organismo competente.
El tribunal recordó además que la Constitución provincial reconoce a las personas menores de edad, como mínimo, las mismas garantías procesales que a las adultas, a las que se suman las protecciones específicas previstas para niñas, niños y adolescentes. En esa línea, pidió a la SENAF informar qué programas se encuentran vigentes y operativos en las cuatro circunscripciones judiciales para cumplir con las obligaciones de la ley provincial.
La acordada también encomendó continuar este año con la capacitación obligatoria sobre el régimen penal juvenil para integrantes del fuero Penal y del Tribunal de Impugnación, e invitó a extender esa formación a fiscales y defensores. Las reglas fijadas por el STJ tendrán vigencia transitoria hasta que la provincia sancione su propio procedimiento penal juvenil.
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