La Fiscalía de Neuquén dio por concluida la investigación penal por la muerte de Tahiel Herrera Meli, el niño de 6 años hallado sin vida en uno de los piletones de la planta de tratamiento del EPAS, en el barrio Confluencia. La decisión fue comunicada este martes a la familia en la sede del Ministerio Público Fiscal, luego de analizar cámaras de seguridad, testimonios y pericias reunidas durante la causa.
Según la resolución fiscal, no surgieron elementos para sostener que el fallecimiento haya sido consecuencia de un delito. El caso fue desestimado al entender que la prueba colectada no permite atribuir la muerte a una conducta penalmente relevante. La decisión se encuadra en el artículo 131, inciso 1, del Código Procesal Penal, que prevé el cierre de las actuaciones cuando no existen indicios suficientes de comisión delictiva.
Uno de los puntos centrales de la investigación fue la reconstrucción hecha a partir de las cámaras de seguridad de la planta. De acuerdo con ese registro, Tahiel ingresó corriendo al predio a las 19:14:16 por un portón que estaba abierto. Luego subió unas escaleras, miró hacia atrás y se dirigió hacia una puerta de acceso a oficinas, que intentó abrir sin lograr entrar. Después bajó y siguió corriendo hacia el interior de las instalaciones.
En otro tramo de las imágenes aparece un guardia de seguridad que advierte su presencia. El trabajador intenta acercarse y hablarle, pero el niño continúa avanzando. El vigilador lo sigue por algunos instantes y, al no poder detenerlo, regresa hacia el acceso principal. A las 19:15:32, siempre según la secuencia incorporada a la causa, el guardia encuentra a la madre del niño y le indica que Tahiel estaba dentro del predio y hacia dónde debía dirigirse.
La autopsia y el examen médico-legal también fueron determinantes para la Fiscalía. El estudio concluyó que la causa de muerte fue asfixia por sumersión. Además, no detectó signos de criminalidad, lesiones traumáticas ni otros elementos objetivos que hicieran presumir la intervención de terceras personas, de acuerdo con lo informado por el Ministerio Público Fiscal.
Con ese cuadro probatorio, la fiscal Lorena Juárez comunicó a la familia que no había bases para sostener la existencia de un hecho delictivo. Al mismo tiempo, aclaró que la desestimación penal no disminuye el impacto humano de lo ocurrido ni el dolor de los allegados, y puso a disposición el Servicio de Asistencia a las Víctimas y Testigos.
La muerte de Tahiel conmocionó al barrio Confluencia y reavivó la atención sobre las condiciones de seguridad en instalaciones sensibles y de acceso restringido. En este caso, la investigación oficial cerró la vía penal, pero dejó abierta la dimensión social y familiar de una tragedia que generó profundo impacto en la comunidad neuquina.
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